La misión de la Comisión Estatal de Elecciones de Puerto Rico es garantizar que los servicios, procesos y eventos electorales se planifiquen, organicen y realicen con pureza, transparencia, seguridad, certeza, rapidez, accesibilidad y facilidad para los electores de manera costo-eficiente, libre de fraude y coacción; y sin inclinación a ningún grupo o sector ni tendencia ideológica o partidista. Código Electoral Art. 3.1 (1)
La Junta Administrativa de voto ausente y voto adelantado (también conocida como “JAVAA”) es la división de la Comisión Estatal de Elecciones con Balance Institucional encargada de la administración, solicitud, proceso y adjudicación del voto ausente y adelantado en sus diferentes modalidades: Voto por Correo, Voto Adelantado Presencial, Voto en Instituciones Penales y Juveniles incluyendo Cárcel Federal, Voto en Instituciones Hospitalarias y Voto Domicilio. Ley 58-2020, Art. 3.16 (d) y 9.40 El objetivo principal de JAVAA es garantizar que se cumplan con las disposiciones legales, deberes y responsabilidades que nos impone el Código Electoral, la ley Federal “Help America Vote Act” (HAVA), la “Uniformed Overseas Citizens Absentee Voters Act” (UOCAVA) y el “Military and Overseas Voters” (MOVE ACT), entre otras leyes aplicables.
JAVAA, está compuesta por un Presidente equivalente a un Director que tendrá todas las facultades de dirección, gerencia, administración, ejecución y proveerá todo recursos administrativos para que se cumplas las labores delegadas por ley. Art. 3.16 (d) y 9.40 Código Electoral.
La Junta de Balance Institucional está compuesta por un representante de cada uno de los Comisionados Electorales. La Junta de Balance Institucional tendrá el control y la autoridad de todos los asuntos de naturaleza electoral. Las decisiones de la Junta de Balance Institucional se tomarán de manera colegiada y unánime solo cuando se trate de cambios de naturaleza específicamente electoral. En caso de no existir unanimidad el asunto será referido a la consideración del pleno de la Comisión. Art. 3.16 (d) y 9.40 Código Electoral. Resolución CEE-RS-21-33.
Bajo la Junta de Balance Institucional se crearán tres (3) sub-juntas con balance institucional:
Actualmente, JAVAA se encuentra compuesto de la siguiente manera:
Tendrá derecho a votar mediante el voto ausente los electores que cumplan los siguientes requisitos de Ley:
La Junta Administrativa del Voto Ausente y Voto Adelantado tiene varios métodos que le permite al elector contactarnos y hacer las preguntas necesarias para ejercer su derecho al voto ausente o voto adelantado:
Partido | Teléfonos | |
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Gerente PNP | (787) 777-8682 Ext. 4018 | |
Gerente PPD | (787) 753-8682 Ext. 4106 | |
Gerente MVC | (787) 777-8682 Ext. 2429 | |
Gerente PIP | (787) 777-8682 Ext. 2167 | |
Gerente PD | (787) 777-8682 Ext. 4058 |
TIPO |
ARCHIVO |
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