Es responsable de resolver los problemas que surgen con las transacciones electorales de los electores que las juntas de inscripción permanentes (JIP) no están autorizadas a resolver.
Custodia y mantiene adecuadamente ordenados todos los expedientes y documentos de naturaleza electoral.
Es responsable de pasar juicio sobre la corrección, legalidad y validez de cada petición de endoso radicada. Las peticiones de endoso se revisan contra la petición de inscripción original del elector y cualquier otro documento que surja de los récords y archivos de la Comisión.